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Derechos Civiles advierte retroceso en diversidad escolar por política del Departamento de Educación.

Por Tatiana Matos Veloz • 20 de noviembre de 2025

El organismo sostiene que el Gobierno no puede imponer condiciones religiosas para acceder a empleos o beneficios públicos, ni exigir creencias religiosas como requisito.

San Juan- La Comisión de Derechos Civiles (CDC) advirtió este jueves que la Carta Circular 008-2025-2026, emitida el 29 de septiembre por el secretario del Departamento de Educación (DE), Eliezer Ramos Parés, constituye un retroceso significativo para la diversidad y la autonomía escolar, al eliminar normativas que garantizaban la neutralidad del Estado en asuntos religiosos.

La postura surge de la Resolución 001 aprobada por la Junta de Comisionados de la CDC.

“Esta Carta Circular crea un claro conflicto entre la libertad religiosa y los principios de igualdad protegidos por la Décima Cuarta Enmienda de la Constitución Federal y la Constitución de Puerto Rico”, declaró el director de la CDC, Ever Padilla Ruiz.
“Representa un desafío significativo para mantener el equilibrio entre la libertad religiosa y otros derechos humanos fundamentales”.

CDC pide dejar sin efecto la Carta Circular

La resolución hace un llamado a la gobernadora Jenniffer Aidyn González Colón, al secretario del DE y a la secretaria del Departamento de Justicia, Lourdes Gómez Torres, para que dejen sin efecto la Carta Circular.

El organismo sostiene que el Gobierno no puede imponer condiciones religiosas para acceder a empleos o beneficios públicos, ni exigir creencias religiosas como requisito para la ciudadanía o participación escolar.

La CDC señala como especialmente preocupante la creación de la Oficina de Base de Fe y la designación de enlaces regionales para facilitar actividades religiosas dentro de las escuelas públicas.

El documento sostiene que estas acciones: representan un enfoque no neutral incompatible con garantías constitucionales, implican promoción institucional de actividades religiosas, aun si la participación es voluntaria, exceden lo permitido por la jurisprudencia al involucrar asesoría, orientación y respaldo desde el propio Estado.

Uso de propiedad pública para fines religiosos está prohibido, advierte la CDC

El organismo recordó que el uso de recursos e instalaciones públicas para facilitar actividad religiosa está proscrito por la Constitución de Puerto Rico y ha sido rechazado por el Tribunal Supremo en múltiples decisiones.

La política, señala la CDC, podría generar: presión social sobre estudiantes que no participen, discriminación indirecta y violaciones a derechos establecidos en precedentes federales sobre separación Iglesia-Estado.

Padilla Ruiz alertó además que las prácticas contempladas por la Carta Circular permitirían la penetración institucional de organizaciones religiosas en ambientes escolares, lo cual contradice la doctrina constitucional que exige absoluta neutralidad estatal en:

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